Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Actualidad

Actualidad

Oldelval pagaría $1283 mensuales por todo concepto, incluido contaminar

La empresa responsable del oleoducto que perdió miles de litros y contaminó aproximadamente 6 hectáreas, en su apelación indicó que la ordenanza 935/04 no le permite a la municipalidad cobrarle multa alguna. En su mismo texto la ordenanza indica que la empresa se compromete a pagar $15400 por año de manera voluntaria.

El pasado 10 de noviembre del año 2004 el Concejo Deliberante aprobó un acuerdo firmado por el ex intendente Diego Omar Rueda con la empresa Oleoductos del Valle S.A. (Oldelval).

La ordenanza en cuestión es la 935/04 que considera que dicho convenio tiende a regularizar un antiguo conflicto de interés entre las partes, con respecto a la regularización fiscal. También indica que viene a subsanar reclamos por parte del municipio y a reconocer derechos de la empresa Oldelval. Así mismo se indica que el Concejo tiene que aprobar la firma del acuerdo y lo hizo a través de esta ordenanza.

En sus dos escasos artículos autoriza la firma del convenio entre el municipio de Rincón de los Sauces y la empresa Oleoductos del Valle S.A, que se comunique al ejecutivo la decisión, así como a la empresa en cuestión, y que se publique previo a archivarse.

El acuerdo firmado, que consta de cuatro páginas, en su primera parte refiere a los antecedentes que hacen posible este acuerdo.

En sus líneas se destaca que la municipalidad reconoce que Oldelval reviste en carácter de concesionario de transporte de hidrocarburos de acuerdo a un sinfín de leyes nacionales, decretos y resoluciones.

Se aclara que, según la resolución 269/93 del ministerio de economía y obras y servicios públicos, están sujetos a la legislación fiscal general, no resultando aplicable las disposiciones que pudieran gravar en forma discriminada o específicamente a la empresa.

En este mismo sentido se expresa que el servicio que presta Oldelval es un servicio público regido por la ley nacional de hidrocarburos.

El municipio reconoce que debido a las normas legales y reglamentarias, la empresa no debe impuesto, tasa o contribución de ningún tipo, ni debe abonar tasas por habilitación municipal, ni ningún tipo de aporte en concepto de ocupación de terrenos dentro del ejido.

Debido a esto y con la intención de que Oldelval realice algún tipo de aporte, el municipio le presta un servicio a la empresa a efectos de obtener como contraprestación una contribución especial y voluntaria de importes fijos.

El punto más relevante que la empresa argumenta para no pagar por la contaminación causada, es que la municipalidad consintió en el acuerdo que “el municipio no tiene más nada que reclamar por concepto alguno a Oldelval”.

Al ser consultado el juez de faltas José Luis Miranda, quien sigue adelante la demanda millonaria por la contaminación del medio ambiente, manifestó que no se puede firmar papel alguno donde diga que uno acepta que contaminar o cometer un delito penal sea consentido, sino el Estado pasaría a ser cómplice.


Este acuerdo aparentemente se forja a raíz del acta de Inspección Nº3643 labrada en la Estación de Bombeo Puesto Hernández el 5 de enero de 2004, donde la empresa, con tal de no pagar una multa impuesta asiente a pagar un aporte voluntario.

En forma poco clara se explica que Oldelval puede realizar contribuciones voluntarias al municipio y el municipio prestarle servicios en forma onerosa a la empresa, a efectos de aumentar la recaudación municipal. Por ello el municipio pone a disposición de la empresa un camión regador para cuando lo necesite y en consecuencia Oldelval abonará anualmente la cantidad de 15.400 pesos, es decir unos 1283 pesos mensuales.

Lo más llamativo de este acuerdo, es que la empresa cuando lo desee puede rescindirlo, dejando de pagar lo acordado, sin poder el municipio cobrar indemnización alguna por los daños y perjuicios que le ocasionaren la rescisión.

A todo esto el juez Miranda expresó que “se le aplica una multa por una contravención, que no puede ser objeto de convenio con nadie. Detectada y aplicada una sanción debe aplicarse”, a lo que agregó, “Un convenio no puede decir que van a quedar impunes de cualquier delito o contravención. Eso no es posible bajo ninguna ordenanza”.

En conclusión no se sabe si la empresa seguirá haciendo hincapié sobre esta controvertida ordenanza, que hasta varios de los concejales actuales no entienden como pudo ser firmada por pares de la gestión del año 2004.

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Teclas de acceso