El próximo 2 de septiembre el intendente de Rincón de los Sauces, Hugo Horacio Wernli, deberá comparecer al Honorable Concejo Deliberante para dar respuestas concretas a las solicitudes de los ediles.
En tanto, el día 3 serán los turnos del secretario Servicios Públicos, José Marquez y la subsecretaria de Obras Públicas, Luciana Rotamel.
Para el lunes 6 se espera la comparecencia del secretario de Gobierno, Víctor Ferrero y la secretaria de Coordinaciónn Ejecutiva, Cristina Winkler.
Estas medidas fueron tomadas en la Resolución 1023/10, emitida el pasado 18 de agosto, en donde se indica que “visto los reclamos y denuncias públicas realizadas por los trabajadores municipales” y considerando las irregularidades declaradas a través de la banca del pueblo, se ven en la obligación de citar a declarar al intendente y varios de sus funcionarios.
En un extenso considerando, el Deliberante expresó el reiterado maltrato al que son sometidos los empleados municipales por parte de algunos funcionarios, manifestando “estar viviendo un descontrol generalizado dentro la municipalidad”.
Los empleados hicieron hincapié en una mala administración general, destacando pagos elevados por alquileres de vehículos, gastos excesivos de combustible, abandono de camiones, excesivo personal contratado, deudas a mutuales, no cumplimiento de medidas de seguridad, entre un sin fin más.
Asimismo, los ediles tomaron como una falta grave, tal como lo afirma la carta orgánica, que el director de prensa municipal Osvaldo Domínguez el día 13 de agosto haya emitido una declaración del presidente del cuerpo, Edgar Saade, la cual posteriormente el 18 de agosto negó en sesión ordinaria.
En este sentido, el director de prensa realizó su descargo y declaró que "en realidad esas declaraciones el presidente del cuerpo a mí me las dijo en una charla privada que mantuvimos y yo las tomé como declaraciones públicas que él después, por presiones o no sé por qué, las negó, pero en realidad, a mí me lo dijo en una charla privada que tuvimos después de la sesión".
Cabe recordar que en el artículo 211 de la carta orgánica municipal se indican las responsabilidades del intendente y sus funcionarios, donde dice que por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar, excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos, será considerada una falta grave.
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