El pasado 7 de octubre de 2008, San Antonio Internacional fue multada por arenar al aire libre y sin las medidas de seguridad necesarias, pudiendo producir un grave perjuicio a la salud de la población al respirar las partículas producidas por el proceso de arenado.
Según el acta de inspección Nº 11446 y el acta de infracción Nº 1699 realizada por el cuerpo de Inspectores de Comercio de la municipalidad, la empresa petrolera violó los artículos 91, 96 y 97 de la ordenanza municipal Nº 1084/07 que detalla el Código Municipal de Faltas.
Como se recordará, el artículo 91 plantea que “toda otra actividad o proceso que produzca emisiones contaminantes del espacio aéreo urbano, sin contar con el certificado de uso ambiental conforme, o que, aún contando con el mismo no cumpla con los valores máximos admisibles de emisión de contaminantes atmosféricos estipulados en la reglamentación, será sancionado con multa de 100 a 5000 (cien a cinco mil) módulos a la que se podrá sumar la de inhabilitación y/ o clausura”.
El artículo 96, en tanto, se refiere a la contaminación del ambiente a causa de actividades relacionadas con los hidrocarburos y expresa que “la contaminación del ambiente a causa de cualquier actividad hidrocarburífera, será sancionada con multa de 2500 a 1.000.000 (dos mil quinientos a un millón) de módulos a la que se podrá sumar la de inhabilitación y/o clausura”.
Además, el arenado producido por San Antonio contó con el agravante de que personal de seguridad de la empresa quiso impedir el acceso de los funcionarios municipales, quienes se vieron en la obligación de aplicarle el artículo 97 de la misma ordenanza.
Según este artículo, el “incumplimiento de las normas y procedimientos que establezca la autoridad de aplicación, y/o negarse a inspecciones, controles y monitoreos que la Municipalidad realice en ejercicio de su poder de policía, será sancionado con multa de 2000 a 100.000 (dos mil a cien mil) módulos”.
Por todas estas razones, el juez de faltas, José Luis Miranda no tuvo más remedio que aplicarle una multa de $5000 que fue apelada por la empresa petrolera y en la actualidad se encuentra en manos del apoderado legal del municipio, el dr. Angel Reinoso.
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